Porque es la mejor herramienta legal para plasmar tu última voluntad, como instituir herederos, legatarios, siempre dentro de los límites establecidos por la ley, excluir a otros e incluso reconocer hijos.
Porque resulta ser la mejor forma que tienes de asegurarse que tus bienes y derechos terminen en las manos de quien tú desées y no sea la ley la que decida sobre tus bienes y derechos, seguramente logrados con mucho sacrificio. Porque es un trámite sencillo, ágil y que cumple con las mayores garantías de autenticidad para que nadie lo cuestione.
Garantía que se logra con la intervención de un Escribano Público y de testigos que te conocen, los que podrán dar fe de tu voluntad.
En nuesto país se admite el testamento abierto y el testamento cerrado.
En el caso del testamento abierto sus disposiciones sólo serán conocidas por quién las ordene (denominado el testador), por los testigos que éste designe y por el Escribano actuante.
En el caso del testamento cerrado sólo por el testador, pero en ésta ocasión se reuqrirán mayores formalidades.
En todos los casos estamos ante un documento modificable durante toda la vida de quien lo otorga sin limitación alguna, por lo que podrá ser variado en todo momento según cambien las circunstancias o preferencias de quien lo otorga.
Y con la única limitación de quien otorga el testamento, deberá respetar las legítimas, o sea la parte de la sucesión que necesariamente deben recibir (por Ley), los legitimarios o herederos forzosos (ascendientes e hijos).
Salvo que por causales gravísimas establecidas en nuestra Ley, el testador decidiera desheredar a sus herederos.
Y con el agregado que podrás nombrar a una o más personas, para que se encargue de hacer cumplir las disposiciones testamentarias (denominado Albacea). En ausencia e ésta designación, serán los herederos los encargados de ejecutar las mismas.
Teniéndo en cuenta, que cada testamento que se otorga en nuestro país, deberá ser comunicado al Registro de Testamentos con los datos mínimos, de forma de asegurar que su contenido no sea revelado.
Por eso debés considerar otorgar un Testamento, porque podrás en consecuencia con un costo no tan elevado, ordenar el destino de tu patrimonio cuando ocurra tu ausencia y así evitar, disputas familiares, repartos injustos y grandes pleitos judiciales.
Y en definitiva decidir el reparto de tus bienes u otras cuestiones que puedan tener relevancia para tí.
Otorgando un testamento, dejarás la casa ordenada.
Sucesiones Uruguay.


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